Indigenas triunfan ante justicia de Brasil sobre el derecho a sus tierras: siete claves para entender el caso
La máxima corte de Brasil falló este jueves en favor de los pueblos indígenas en un juicio crucial sobre el futuro de sus tierras, la mayoría ubicadas en Amazonía y consideradas una barrera contra la deforestación.
El Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró este jueves inconstitucional el «marco temporal», una tesis jurídica que limitaba los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras ancestrales, una decisión histórica que ha sido celebrada por las comunidades originarias.
¿Cuáles son las tierras indígenas en Brasil? –
Las Tierras Indígenas (TI) son «porciones dentro del territorio nacional habitadas por una o más comunidades indígenas (…) para usufructo indígena», según la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas (Funai), órgano gubernamental encargado de demarcar y promover el desarrollo de esas áreas.
Ese reconocimiento, asegurado en la Constitución brasileña, les otorga el derecho inalienable a ocupar sus tierras ancestrales y el uso exclusivo de sus recursos naturales, para preservar su modo de vida tradicional.
Qué es el «marco temporal»
Es una tesis jurídica desarrollada por la Abogacía General de la Unión, la oficina que representa los intereses del Estado ante los tribunales. El «marco temporal» sostiene que los pueblos indígenas solo tienen derecho a aquellas tierras que ocupaban o disputaban legalmente en la fecha de la promulgación de la Constitución, el 5 de octubre de 1988. Fue invocada por el Supremo en 2009 cuando decidió sobre la demarcación de otra tierra indígena.
El caso detrás del juicio
El Supremo comenzó a juzgar la tesis en 2021, tras recibir un recurso a la decisión de un juzgado de segunda instancia que reconoció como propietario de unas tierras a un organismo público del estado de Santa Catarina, en el sur de Brasil. Esas áreas fueron ocupadas durante siglos por la etnia Xokleng, que fue desalojada a mediados del siglo pasado.
El juzgado dio prioridad a los títulos del organismo público sobre las reclamaciones indígenas, con el argumento de que el proceso demarcatorio aún no había finalizado y que las comunidades no habían podido demostrar su ocupación tradicional.
Argumentos en contra del «marco temporal»
Los magistrados opuestos a la tesis, nueve de los once que forman el Supremo, señalaron que la Constitución no pone límites temporales a los derechos indígenas, sino que habla de sus derechos «originarios» sobre las tierras que tradicionalmente ocupan, por lo que estos anteceden a la promulgación constitucional y no pueden ser limitados por ley ni por enmiendas a la norma suprema.
Las asociaciones indígenas habían advertido que el «marco temporal» dificultaba la demarcación de tierras de pueblos que fueron desalojados de forma forzosa en las décadas anteriores a la promulgación del texto constitucional y que ahora reclaman. Actualmente, hay 622 demarcaciones en estudio o análisis por parte de la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas y que estaban amenazadas por la tesis, según las asociaciones.