Las modificaciones a las normas electorales vigentes aprobó el Congreso a propuesta del fujimorismo
Apurímac 27/11/2024.- El hoy fujimorista Fernando Rospigliosi, presidente de la Comisión de Constitución del Congreso logró que se aprobarán una serie de modificaciones a las leyes orgánicas del sistema electoral y algunos artículos de la Constitución del Perú. ¿A la medida?La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó el dictamen que modifica las normas electorales vigentes, como las Leyes Orgánicas de Elecciones, de Organizaciones Políticas y de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino.El hoy fujimorista Fernando Rospigliosi, como presidente de ese grupo de trabajo, quien promovió y sustentó el proyecto, refirió que los cambios eran para adecuar la normativa electoral al proceso de elecciones del Congreso bicameral. Sin embargo, incluyó dos artículos de “contrabando” que han logrado otras modificaciones sustanciales.Invitaciones “a dedo” para candidatos de un partido sean militantes o noEn el texto final, en el caso de la Ley Orgánica de Elecciones, se aprobó la ampliación hasta en un 30% del total de candidatos de libre designación para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, sean afiliados o no.Es decir, que los dueños o dirigentes de los partidos políticos podrán designar “a dedo” a los candidatos a los consejos regionales y municipales. Este “porcentaje incluye a las candidaturas de alcalde, gobernador y vicegobernadores”.Congresistas pasarán a ser 237, se sumarán 107 legisladores másAsimismo, Rospigliosi Capurro logró que se apruebe, por mayoría, el dictamen que presentó y que adecúa las normas electorales para el proceso de elecciones del próximo Congreso de la República que como se informó, a partir del 2026 estará conformado por dos cámaras, la de Diputados y la de Senadores.En un inicio se aseguraba que solo se elevaría en 70 el número de legisladores, pero ahora, la cifra se eleva con 107 congresistas más. Es decir que de 130 pasarán a ser 237 los representantes de los peruanos en el Parlamento.Restituirán financiamiento privado a partidos por personas jurídicasLa Comisión de Constitución también logró la aprobación de la restitución del financiamiento privado por parte de personas jurídicas nacionales a partidos políticos. Y dentro de esta posibilidad se aprobó también el financiamiento público directo.Mediante este, se podría usar hasta el 50% de estos fondos públicos, no solo para el funcionamiento ordinario y la contratación de personal y servicios; sino que ahora “incluyen servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política como a sus directivos, representantes y voceros”.Rospigliosi dijo que el patrocinio legal será, “siempre y cuando esté vinculado a la actividad política”. Pero el texto no lo deja establecido de forma explícita, con lo que podría permitirse su uso para implementar “canales o plataformas institucionales de comunicación como revistas en medio físico o digital u otras homólogas”.Respecto a la restitución del financiamiento de empresas a partidos políticos, se aprobó la habilitación del aporte de más de S/1 millón (200 UIT). Fernando Rospigliosi dijo en su sustentación que “es relevante” esta restitución del financiamiento a los partidos por parte de las personas jurídicas, no solo como fuente de ingresos adicional para los partidos, sino también para reivindicar el derecho de las personas jurídicas a participar en la vida política de la nación.Aportantes a partidos podrán ser secretosSe instaura la figura de aportantes ‘confidenciales’, para lo cual, las personas naturales como jurídicas nacionales podrán aportar, a través del Banco de la Nación, hasta el 40% del tope (200 UIT) a cada agrupación política (más de S/400 mil).Si bien Rospigliosi inició la sesión con un predictamen, tras un cuarto intermedio y debate presentó y se aprobó por mayoría un nuevo texto sustitutorio que ya no incluyó, por ejemplo, la prohibición de aportes de personas jurídicas con contratos en el Estado.El texto aprobado modifica tres artículos de la Ley de Organizaciones Políticas, y establece que los aportes como persona natural y jurídica nacional podrán ser de hasta 200 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) cada año por agrupación (S/1′030.000). “En ningún caso” el aportante dará más de 500 UIT al año, “sin importar el número de organizaciones políticas a las que aporte”.También se incrementó la cantidad de ingresos obtenidos por la realización de actividades proselitistas, llegando hasta las 200 UIT por cada actividad. Y se incluye a las personas naturales o jurídicas extranjeras con fines de lucro, así como las personas jurídicas extranjeras sin fines de lucro (ONG, por ejemplo). En este último caso, se exceptúa a aquellas cuyos aportes estén exclusivamente destinados “a la formación, capacitación e investigación”.Las contrarreformas constitucionalesEl Congreso también aprobó en primera votación la reforma de cuatro artículos de la Constitución Política del Perú. Entre estos está la reducción del mandato del presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y ahora durará solo 2 años. Además, ya no será elegido por el Poder Judicial. El fujimorista Rospigliosi Capurro, sustentó ante el Pleno que el JNE no elige de manera autónoma a su presidente. Y que el cargo es ocupado por un representante de la Corte Suprema del Poder Judicial. Ahora la elección estará a cargo de los cinco miembros del colegiado del ente electoral. Y no estará por 4, sino por 2 años, sin posibilidad de reelección.Por ser una reforma constitucional, es necesaria una segunda votación para que la medida entre en rigor. Así, Roberto Burneo, quien desde el 21 de noviembre es presidente del Jurado Nacional de Elecciones, quizás salga antes de junio de 2025.El Pleno del Parlamento también aprobó que los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) no puedan ser reelegidos para un segundo periodo.Fuente: El Búho
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