Trabajadoras del hogar quedan prohibidas de pagar comisión a agencias de empleos
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que las agencias de empleo, que ofrecen puestos de trabajo a las trabajadoras del hogar, están prohibidas de cobrarles una comisión por ayudarlas a encontrar trabajo.
Esta aseveración se da en el marco del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, el cual se conmemoró ayer 30 de marzo.
La superintendente Kelly Jiménez informó que la retribución económica a la agencia por el contrato de las trabajadoras del hogar debe ser realizada por el empleador, es decir, por la persona que contrata al personal.
Explicó que el contrato de trabajo de las trabajadoras del hogar debe ser formal, es decir debe ser celebrado por escrito y por duplicado.
También debe ser registrado en el Registro del Trabajo del Hogar, a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo no mayor de 3 días hábiles de suscrito.
Además, su remuneración no podrá ser inferior a la remuneración mínima vital, es decir 1025 soles por jornada completa de 8 horas diarias y 48 horas semanales.
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